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FAUNA, Aviornis, Fundación Psittacus, COMESP y SOHEVA presentan una guía práctica de documentación para criadores de aves y herpetos

Desde que en enero de 2022 el MITECO asumió las funciones de Autoridad Administrativa CITES, las reglas del juego cambiaron radicalmente para los criadores. FAUNA elaboró esta guía práctica para ayudar a sus asociados a navegar el nuevo sistema, proteger sus derechos y evitar problemas legales.

Por admin mayo 14, 2026 4 min lectura Legislación
FAUNA, Aviornis, Fundación Psittacus, COMESP y SOHEVA presentan una guía práctica de documentación para criadores de aves y herpetos

El 2 de enero de 2022 marcó un antes y un después para los criadores de especies CITES en España: la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO asumió las funciones de Autoridad Administrativa CITES, sustituyendo al SOIVRE (Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación de las Exportaciones), cuyos técnicos estaban específicamente formados para estas tareas.

La transición no fue suave. Según FAUNA, algunas de las nuevas exigencias de la Subdirección bordean la legalidad y suponen una invasión de competencias autonómicas, generando una situación en la que muchas operaciones quedaron paralizadas.

Ahora, un grupo de diecinueve federaciones y entidades del sector avícola y herpetológico español, lideradas por la Federación de Asociaciones Unidas por la Naturaleza y los Animales (Fauna), Aviornis, la Fundación Psittacus, COMESP y la Sociedad Herpetológica Valenciana (Soheva), ha publicado la Guía Práctica de Documentación para Criadores de Aves y Herpetos, elaborada por sus servicios jurídicos especializados.

El documento, publicado en su versión de 25 de febrero de 2026, nace de la necesidad de orientar a los miles de aficionados y criadores profesionales que se enfrentan a una normativa cada vez más compleja y de aplicación no siempre uniforme por parte de las distintas administraciones. Su objetivo es clarificar, de forma accesible y práctica, las obligaciones documentales vinculadas a la tenencia y cría de especies animales protegidas.

La guía aborda los principales bloques normativos que afectan a los criadores: el Convenio CITES y su aplicación en la Unión Europea a través del Reglamento (CE) 338/97, la figura del Núcleo Zoológico, los requisitos de trazabilidad documental, el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE), el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras y el régimen aplicable a las especies autóctonas.

Entre los aspectos más destacados, el documento explica las equivalencias entre los Apéndices CITES (I, II y III) y los Anexos de la normativa europea (A, B y C), así como la documentación específica exigida en función de la especie y su procedencia. Asimismo, alerta sobre las implicaciones de la falta de documentación: sin trazabilidad acreditada, ni los ejemplares parentales ni las crías tienen origen legal reconocido.

El punto más importante: usa el Registro Electrónico

Lo primero que deja claro FAUNA en su guía es que el correo electrónico no es un sistema de comunicación fehaciente. Toda comunicación con la Autoridad Administrativa CITES debe hacerse a través del Registro Electrónico Red Sara, que es el único medio que obliga a la Administración a contestar con un registro de salida, conforme a la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.

Un resguardo de registro electrónico puede ser la diferencia entre conservar los animales o perderlos, especialmente ante actuaciones del SEPRONA asistidas por funcionarios del MITECO.

Qué comunicar y cuándo

FAUNA recomienda comunicar absolutamente todo a la Autoridad Administrativa CITES: puestas, nacimientos y marcados de todos los ejemplares CITES. La notificación debe hacerse en un plazo inferior a 72 horas, conforme al Real Decreto 7/2018. Las cesiones a nuevos propietarios deben adjuntarse en la misma comunicación.

Para volúmenes grandes de datos (más de 5 animales o huevos), se recomienda el uso de la aplicación «Módulo de gestión de aviarios» de Aviornis, asociación federada en FAUNA con larga trayectoria de colaboración con el SOIVRE.

La solicitud de certificados CITES

La solicitud de permisos y certificados CITES se tramita a través de la sede electrónica del MITECO, independientemente de si el criador está o no registrado formalmente. El correo habilitado para criadores es: bzn-criadores@miteco.es, aunque FAUNA recomienda siempre enviar también una copia por Red Sara.

Qué no están obligados a exigir

FAUNA aclara que la Autoridad Administrativa CITES no puede legalmente exigir el núcleo zoológico autonómico, la autorización de tenencia de especies autóctonas ni la autorización para la tenencia con especies potencialmente peligrosas como condición previa para tramitar certificados CITES, ya que estos requisitos no están recogidos en los Reglamentos CE 338/97 ni 865/2006, ni en el Real Decreto 7/2018.

Sobre los autores

La guía ha sido elaborada por los servicios jurídicos de FAUNA, Aviornis, Fundación Psittacus, COMESP y SOHEVA. COMESP agrupa a las principales federaciones ornitológicas españolas: FOA, FOCDE, FOCVA, FOE, FORG, FECC, FOAC y COE, entre otras.

Fuente: Federación FAUNA — federacionfauna.org

Etiquetas: AviorniscertificadosCITEScriadores registradosguía prácticaMITECOprocedimiento administrativoRed Sara
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Sobre el autor

Equipo editorial de Mundo Faunista, publicación de la Federación FAUNA

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