José Ramón Becerra debe dejar la Dirección General de Derechos de los Animales para encabezar la lista del Partido Verde sin haber aprobado los reglamentos que justificaban su nombramiento. Durante estos años, FAUNA se sentó con él. Esto es lo que vimos. Se va el director; queda su método.
Durante estos años, muchos socios me habéis preguntado cómo es sentarse con la Dirección General de Derechos de los Animales. Qué se dice en esas reuniones, qué se escucha y qué se decide. Ahora que su titular se debe marchar para ser candidato, creo que os debo una respuesta. No es un comunicado oficial de la federación, sino el relato de quien ha estado en esa mesa en vuestro nombre, con los hechos por delante y mi opinión al final de cada uno.
El 15 de octubre, el Partido Verde comunicó el resultado de sus primarias para las generales del 29 de noviembre. En primer lugar figura José Ramón Becerra, presentado como «actual director general de Derechos de los Animales», que concurrirá dentro del Frente Amplio. Que un alto cargo aspire a un escaño es legítimo. Lo que merece examen es cómo ha ejercido el cargo que ahora abandona, y cómo nos ha tratado a quienes vivimos con las consecuencias de sus decisiones.
Una salida que no se improvisa
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General declara inelegibles para el Congreso a los directores generales de los departamentos ministeriales. No basta con renunciar después de ganar el escaño: hay que cesar antes de presentar la candidatura. El plazo para presentar candidaturas termina el 26 de octubre, de modo que su cese debe producirse, como muy tarde, en los próximos días. Nadie concurre a unas primarias sin haber decidido antes marcharse. El director general sabía, por tanto, que su paso por el Ministerio tenía fecha de caducidad. Y sabía también que los reglamentos de la Ley 7/2023 no llegarían a tiempo.
Esos reglamentos son el Listado Positivo de Animales de Compañía y la norma básica de núcleos zoológicos, los dos textos que más nos afectan. Se notificaron a la Comisión Europea este mismo año y aún les falta el dictamen del Consejo de Estado. Tras el 29N, el Gobierno quedará en funciones, limitado al despacho ordinario de los asuntos públicos. Han sido casi tres años al frente de la Dirección General, desde diciembre de 2023. El balance normativo es un conjunto de borradores sin terminar. El balance político, en cambio, es una candidatura.
Lo que vimos en la mesa
Al llegar al cargo, Becerra prometió que los reglamentos se harían con el mayor consenso posible. También reconoció públicamente que la ley tenía errores graves, pero descartó corregirlos para no tener que volver al Congreso. Admitió los errores y renunció a paliarlos.
Conviene ser justos. La Dirección General nos remitió los borradores de todos los reales decretos, y FAUNA presentó alegaciones a cada uno de ellos. El ninguneo llegó después. Tras recibir 3.300 alegaciones al proyecto del listado positivo, nos convocó a una reunión bilateral para mostrarnos los cambios introducidos. Nos llevó a una sala donde no se nos entregó el borrador revisado: lo vimos pasar en una pantalla, a golpe de scroll. Los técnicos que lo habían redactado ni siquiera acudieron a la sala en persona, y eso, a mi juicio, ya decía mucho del respeto con que se iba a tratar a quienes habíamos alegado. Cuando planteamos las cuestiones técnicas, la Dirección General rehusó entrar en ellas y nos remitió a sus servicios jurídicos internos. Simplemente, no teníamos razón. Y nos hizo la única petición concreta de toda la reunión: que FAUNA le facilitara una lista de especies. La acompañó de una advertencia: si no se la dábamos, el listado sería «más lesivo». Esas dos palabras lo dicen todo. Quien busca consenso no amenaza con endurecer la norma si el interlocutor no colabora.
Os explico por qué, aun así, dijimos que no. Un listado positivo prohíbe todo lo que no figura en él. Si nosotros redactábamos la lista, estaríamos firmando la condena de cuanto quedara fuera: las especies que criáis, las que mantenéis desde hace décadas, las que nadie más conoce tan bien como vosotros. Y, de paso, le daríamos al procedimiento la apariencia de consenso que la Administración necesitaba. Fue, en mi opinión, la decisión más importante de toda esa reunión.
Dos caras de un mismo diálogo
Ese diálogo nunca salió de la sala. FAUNA no fue invitada a ninguno de los congresos sobre derechos de los animales organizados por el Ministerio. El director general tampoco mencionó jamás en sus redes sociales una sola reunión con nosotros. Su escaparate público se reservó para la parte más animalista de su gestión, aquella en la que se presentaba como defensor de los derechos de los animales. Se dirigía a un electorado potencial muy concreto.
Hay que reconocerle, eso sí, audacia y astucia. Becerra vino al congreso de FAUNA en Gondomar y al de Aviornis Ibérica. Pocos altos cargos se habrían sentado ante un auditorio que sabían contrario a su proyecto, y él lo hizo. Pero tampoco de esas visitas dejó rastro en sus redes. La sensación, durante todo ese tiempo, fue la de alguien que nos estudiaba mientras aparentaba buscar consenso. Los hechos posteriores demuestran que no lo buscaba: el borrador en una pantalla, la petición de que redactáramos nosotros la lista y el silencio ante nuestras objeciones.
En privado, el tono era otro. En nuestras conversaciones, Becerra se refería siempre a los animalistas en tercera persona, como si se tratara de un colectivo ajeno con el que él mismo tuviera que lidiar. Eso es, a mi juicio, un falso aliado: alguien que en la mesa se presenta como mediador razonable y en público como militante, según el auditorio. Las dos versiones no pueden ser ciertas a la vez. Y el expediente del Real Decreto del Listado Positivo indica cuál de ellas guiaba sus decisiones.
Criadores no son comerciantes
Sí hubo, en cambio, fotografías con AEDPAC, la asociación que representa al sector comercial de productos y animales de compañía. Nuestra relación con AEDPAC es excelente, y precisamente por eso conviene no confundir lo que somos. AEDPAC representa al comercio. FAUNA os representa a vosotros: criadores y cuidadores que mantenéis líneas de cría durante décadas, que documentáis la biología de especies que la ciencia apenas estudia y que sostenéis poblaciones ex situ de animales amenazados en su hábitat. Tratar ambas realidades como si fueran una sola no es un descuido. Permite reducir todo el sector a una cuestión de mercado, con todo lo que ello conlleva. La Dirección General nunca ha querido entender que existe una parte del sector que no vende: conserva y estudia.
Precaución sin pruebas
La Ley 7/2023 invocó el principio de precaución para justificar la restricción de especies en su disposición transitoria segunda, apoyándose en supuestos informes de evaluación de riesgos. Pedimos esos informes. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno obligó al Ministerio a aclarar si existían. Antes de responder, la Dirección General dedicó extensos razonamientos a explicar por qué ningún informe era obligatorio. Finalmente, el 7 de mayo de 2026, la Secretaría de Estado nos confirmó por escrito que esos informes no existen.
Conviene que todos lo tengamos claro: las restricciones que pesan ahora mismo sobre vuestros animales no se apoyan en ningún estudio de riesgo. El principio de precaución exige una evaluación científica, aunque sea incompleta. Sin ella no hay precaución, sino prejuicio con etiqueta jurídica. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo dejó claro en el asunto Andibel (C-219/07): una lista positiva solo es compatible con el Derecho de la Unión si descansa en criterios objetivos, transparentes y no discriminatorios.
Lo que planteamos y nunca respondió
En nuestras alegaciones y en la mesa señalamos problemas que no son de matiz, sino estructurales:
- Comercio exterior sin título competencial. El comercio exterior es competencia exclusiva del Estado conforme al artículo 149.1.10 de la Constitución. La Ley 7/2023 solo invoca ese título para su artículo 61, relativo a CITES, y no para el listado positivo, que restringe de hecho la importación y el comercio de especies. El Derecho de la Unión admite que un Estado prohíba las especies del anexo A del Reglamento (CE) 338/97, pero no las del anexo B. España no puede hacerlo por la puerta de atrás, sin habilitación constitucional.
- Ámbito de la ley. La Ley 7/2023 vincula el concepto de animal silvestre a la Ley 42/2007, de patrimonio natural. Un ejemplar alóctono nacido en cautividad nunca estuvo sometido a ese régimen.
- Objetividad. El periquito común (Melopsittacus undulatus), sin protección CITES, queda sometido a escrutinio pleno. El toro de lidia queda excluido por definición. Esa asimetría difícilmente supera el test de Andibel.
- Competencia. La Ley 8/2003, de sanidad animal, no atribuye competencia alguna al Ministerio de Derechos Sociales. Su proyecto de núcleos zoológicos regula, sin embargo, materia sanitaria.
Ninguna de estas objeciones recibió respuesta técnica. Becerra no hizo nada por escucharlas: la redacción de sus técnicos solo incorporó nuestras objeciones como «blindaje» del texto, dándoles la vuelta. El objetivo era cumplir la agenda impuesta sin atender a razones, ignorando que la Ley 7/2023 incurría en graves contradicciones. Ese silencio es, para mí, la forma más elocuente de falta de respeto: hacia vosotros, que sois los afectados, y hacia el propio Estado de derecho.
El giro animalista de un partido ecologista
Queda la dimensión política. Que un partido verde sitúe en cabeza de lista a un perfil animalista, y no a uno ambientalista, es una decisión reveladora. Conviene precisar los términos. La ecología es una ciencia; el ecologismo y el animalismo son ideologías, y tampoco son lo mismo entre sí. El ecologismo pone el foco en los ecosistemas, las especies y los hábitats. El animalismo lo pone en el individuo y en la emoción que suscita. Cuando un partido ecologista se vuelve animalista, se aleja todavía más de la ciencia que dice invocar. Muchos programas de conservación de quelonios, aves y anfibios dependen de la cría ex situ que muchos de vosotros realizáis, precisamente lo que este proyecto pretende restringir.
Hay una explicación plausible para el giro. En el espacio situado a la izquierda del PSOE, el voto animalista es un nicho que PACMA ha ocupado durante años sin traducirlo en escaños. Disputarlo desde el Frente Amplio tiene lógica electoral. Pero convierte la ya anómala Dirección General de Derechos animales en algo más que nunca debió ser: un escaparate.
Lo que esto significa para nosotros
El 29 de noviembre decidirán los ciudadanos, y los números no acompañan al candidato. El barómetro de GAD3 para ABC de octubre otorga al espacio situado a la izquierda del PSOE 10 escaños y un 7,4 % de los votos. Dentro de esa coalición, la cuota del Partido Verde es todavía menor. El mismo sondeo atribuye 133 escaños al Partido Popular y 65 a Vox: 198 diputados, muy por encima de la mayoría absoluta.
Os doy este dato no para deciros a quién votar, que es decisión de cada uno, sino porque os afecta directamente. Durante meses, mientras la Dirección General nos enseñaba su borrador en una pantalla, FAUNA se ha sentado con todos los grupos dispuestos a escuchar. Dos de ellos, el Partido Popular y Vox, han asumido ante FAUNA el compromiso de derogar la Ley 7/2023, en línea con lo que ya han manifestado públicamente uno y otro. Es la consecuencia lógica de una ley que su propio responsable admitió que tenía errores graves y que se ha defendido a costa de ahondar en esos errores.
De dónde viene todo esto
Conviene recordar, además, de dónde viene todo esto. La Ley 7/2023 es, en mi opinión, un bodrio jurídico desde su origen: una factura que Podemos le pasó al Gobierno de coalición, impulsada desde la Dirección General por Sergio García Torres, el predecesor de Becerra, con mucha más vocación de activista que de gestor. Quienes tratamos con ambos podemos dar fe de que García Torres fue bastante menos cordial que su sucesor. Becerra heredó la ley, reconoció sus errores y, aun así, decidió no mitigarlos.
Bruselas ya ha legislado
Y mientras aquí se perdían tres años en reglamentos que no llegan, Bruselas ha legislado. El Reglamento (UE) 2026/1818, de 17 de junio de 2026, sobre el bienestar de los perros y los gatos y su trazabilidad, se publicó en el Diario Oficial el 10 de agosto y es directamente aplicable en toda la Unión, sin necesidad de transposición. Regula la cría, la identificación, el registro y la venta de perros y gatos, que constituían el grueso práctico de la Ley 7/2023. Para el resto de especies, el Derecho de la Unión ya tenía su marco: el Reglamento (CE) 338/97 para las especies CITES y el Reglamento (UE) 1143/2014 para las invasoras. Derogar la Ley 7/2023 no dejaría ningún vacío. Bastaría con un real decreto que designe autoridades y desarrolle su aplicación en España, como ya se hizo con el régimen CITES. Lo que desaparecería es una burocracia sin fundamento.
Se va el director; queda su método
El director general se marcha con los reglamentos sin aprobar, uno de ellos que regula un listado positivo sin sustento científico y un método que conviene recordar: prometer consenso en la mesa, usar la información recabada para blindar su objetivo y legislar siguiendo la agenda marcada. Quizá crea que su paso por el Ministerio le ha servido de escaparate. Lo que ha mostrado, en realidad, es la fragilidad de una política que necesitaba ocultar el borrador revisado, confundir a criadores con comerciantes y pedir a los afectados que dibujaran su propia lista de prohibiciones.
No le deseo ningún mal en su nueva etapa, al contrario. Pero quiero que sepáis cómo fue, porque quien venga después -no se sabe quien- podría intentar lo mismo. Seguid criando, documentando y cuidando como lo habéis hecho siempre. Esa es nuestra mejor credencial. Cuando se apague el escaparate, FAUNA seguirá aquí: con vuestros animales, con los datos que él nunca atendió y con el texto de la ley en la mano, luchando por su derogación.
Este artículo expresa la opinión de su autor.